martes, 30 de junio de 2009

Comentario: Cesión de derechos de autor y de propiedad intelectual

Aclaración: Lo que se encuentra a continuación es mi comentario (respuesta) en cuanto a la duda planteada en la entrada del 23 de junio de 2009: "La cesión de derechos de autor y de propiedad intelectual."


Los derechos de autor comprenden los derechos morales y los derechos patrimoniales; los primeros se caracterizan por ser personales, irrenunciables e inembargables, por tanto no pueden ser cedidos de ninguna manera, los segundos, por el contrario, pueden ser cedidos a través de un contrato para cesión de derechos patrimoniales de autor o un contrato de obra por encargo; para este caso en especial es importante analizar el primer tipo de contrato.

A través de un contrato de cesión de derechos, un autor puede transmitir la titularidad de los derechos patrimoniales de una obra o conceder licencias de uso exclusivas o no exclusivas.

La cesión de derechos patrimoniales puede ser total o parcial según el acuerdo entre las partes y en consecuencia, si es deseo de las partes, se puede dejar en claro que se transfieren todos los derechos de explotación o solo algunos; estos derechos incluyen el derecho de reproducción en todas sus modalidades, el derecho de transformación o adaptación, comunicación pública, distribución y, en general, cualquier tipo de explotación que de las obras se pueda realizar por cualquier medio conocido o por conocer. Así mismo, la cesión puede ser para territorio colombiano o para todo el mundo, según se acuerde entre las partes.

Otros aspectos a considerar es la duración de la cesión, que puede ser limitada en el tiempo o hasta el límite que permite la ley (la vida del autor y 80 años más después de su muerte o 50 años si el propietario es una persona jurídica), según el acuerdo de las partes; y la remuneración en la que se entiende que la cesión puede ser gratuita u onerosa. Si es lo segundo, puede fijarse una suma única o por porcentajes. Así mismo, se puede estipular libremente las entregas del pago y el lugar de cobro.

Fuentes
http://www.derechodeautor.gov.co/
http://www.mincultura.gov.co/


Jenny Rojas | Diseñadora Gráfica - Universidad Nacional de Colombia

jueves, 25 de junio de 2009

Debate Autoría y Propiedad intelectual en FORO ALFA

En el sitio FORO ALFA se encuentra publicado un debate en el que se confrontan diferentes opiniones e ideas de 3 autores, Erik Spiekerman de Alemania, Aitor Méndez y Álvaro Sobrino de España, sobre temas relacionados con la propiedad intelectual en el ámbito del diseño.

A pesar de haber sido publicado ya hace más de dos años me parece que vale mucho la pena lo leamos y creemos nuestra propia discusión frente a los artículos de estos autores y al tema de propiedad intelectual como preocupación del diseño.

Debate: Autoría y propiedad intelectual
http://foroalfa.org/es/debate/4/Autoria_y_propiedad_intelectual
FOROALFA

Publicado por: Jenny Rojas | Diseñadora Gráfica - Universidad Nacional de Colombia

martes, 23 de junio de 2009

Cesión de derechos de autor y de propiedad intelectual

Hola quisiera comentar que nos ha llegado una covocatoria via mail para el concurso de Colombia es pasión, lo que me llama la atención es el siguiente parrafo:

Procedimiento
Los estudiantes interesados deberán llenar un formulario de inscripción, leer los
parámetros y acceder a los términos y condiciones del concurso, incluyendo la Cesión
de derechos de autor y de derechos de propiedad industrial.
Todos los diseños recibidos son propiedad exclusiva de Colombia es Pasión quienes
podrán hacer uso de estos siempre y cuando sean utilizados de forma adecuada y para
el bien común tanto de la empresa como del estudiante, de acuerdo con las normas que
regulan el derecho de autor y de derechos de la propiedad industrial.

En relación a lo que hemos trabajado en clase: los derechos de autor son derechos morales del creador del objeto o de la obra, como ceder este tipo de derecho?

lunes, 22 de junio de 2009

conceptos de propiedad intelectual- Milena Mateus

Propiedad Intelectual
• Es la que incluye todos los trabajos literarios, artísticos o científicos que puedan ser reproducidos o divulgados a través de cualquier medio. Los programas informáticos están protegidos en los mismos términos que la propiedad intelectual.
• Las indemnizaciones por lucro cesante y daño emergente derivados de violaciones a los derechos de autor deben ser reconocidas y ordenadas judicialmente; las penas oscilan entre 2 y 5 años de prisión y una multa que de entre 5 y 20 salarios mínimos vigentes.
• Es una expresión que abarca todas las producciones del intelecto humano, y está ligada al “derecho de apropiación” que se puede ejercer sobre ellas.
• Son producciones del intelecto: esculturas, obras literarias, piezas musicales, los inventos, los diseño, los videos, los circuitos integrados, programas de computador, obras científicas... y mucho más.
• La Propiedad Intelectual se ha desarrollado para conceder derechos legales sobre los resultados del ingenio humano: invenciones, diseños, modelos, obras artísticas o literarias, símbolos, dibujos, etc.
• Toda nación o país cuenta con un Sistema de Propiedad Intelectual.
También encontré una descripción de la propiedad industrial y de los derechos de autor y me pareció importante anexarla:
• La Propiedad Industrial abarca los derechos provistos para proteger invenciones (creaciones novedosas que tienen una finalidad industrial definida y útil), los signos distintivos de productos o servicios y además para reprimir la competencia desleal (en caso de violación de los secretos industriales).
• El Derecho de Autor ampara a los autores de obras: literarias, musicales, dramáticas, fotográficas, artes plásticas, coreográficas, audiovisuales, software.
• Cuando se adquiere: En el momento de la creación de la obra, porque el derecho de autor es un derecho natural y no requiere de formalidades para ejercerlo. Sin embargo, es bueno registrarlo oficialmente, de tal forma que si alguien lo viola, es más fácil hacer efectiva la protección de la ley
• El secreto industrial: Es una forma de protección de la propiedad intelectual y comprende el conocimiento relacionado con algún proceso, modelo, elemento o compilación de información (técnica, administrativa o comercial) que sea utilizada en un negocio y le provea al dueño una oportunidad para obtener ventajas sobre los competidores que no conocen ni usan dicha información. La ley ampara los secretos industriales (Decisión 344 del Acuerdo de Cartagena).

Tomado de:
Conceptos de propiedad intelectual: www.cgasociados.com.
Libro: Corporación Bucaramanga emprendedora, incubadora de empresas. Humberto Pradilla y equipo.

Patentes extrañas- base de datos Milena Mateus

Patentes extrañas:

Las patentes son una valiosa fuente de información para todas las empresas que quieren tecnificar o innovar dentro de sus procesos, pero realmente hay muchas que no sirven para nada o son realmente curiosas a continuación presento 10 patentes de este estilo y la base de datos de donde las adquirí.

1 Dispositivo sensor de conductividad para pañales. numero de patente 4205672 inventor: Karel Dvorak.

2 tendedor automatico de camas. numero de patente 4441222 inventor: peter tascarella.

3 tabla de surfeo impulsada por jets. numero de patente d289031 inventor: Egon monostory

4 Reloj para saber a un tiempo distinto de la hora humana . numero de patente: 5023850 inventor: Rodney Metts.

5 comunicacion vocal con una entidad local. numero de patente :7113911. inventor: Stephen john hinde, paul St John Brittan, Marianne Hichey.

6. teclado de emoticones. numero de patente :6629793 . inventor: Steve Miller.

base de datos:

www.marcaregistrada.com.co

www.3riplaw.com

www.jambitz.com/especiales/2009/04/10-patentes-tecnologicas-chifladas.

http//totallyabsurd.com/index.htm.

www.ibt.unam.mx/biblioteca/patentes.htm

www.cgasociados.com

www.taringa.net/posts/noticias/2440075/10-patentes-tecnologicas-chifladas.html


Dimitri - objeto como obra

PORTAFOLIO MILENA MATEUS










jueves, 18 de junio de 2009

CONCEPTOS PROPIEDAD INTELECTUAL-Laura Mendieta

http://www.scribd.com/share/upload/12884003/1niupgabwtxtaf3jjte7

datico...(Carlos Ramirez Torres)

en esta pagina pueden encontrar muchas de las mas ridiculas patentes, no es broma, aunque algunas si lo parecen.
http://totallyabsurd.com/index.htm

PATENTES EXTRAÑAS (Laura D. Mendieta)

http://www.scribd.com/share/upload/12881066/147kycty6kh4iycqj1b2

PATENTES EXTRAÑAS (Carlos Ramirez Torres)

http://www.scribd.com/share/upload/12881077/1qhic7sl4r6zxw6pozba

Hydro-therapeutic stimulator Penn Jillette

Hydro-therapeutic stimulator Penn Jillette: "<img src='http://www.google.com/patents?id=B1cZAAAAEBAJ&pg=PA1&img=1&zoom=4&hl=en&sig=ACfU3U2h-Quns4C5EeEirPdw21QFoyHiHw&ci=68%2C97%2C871%2C990&edge=1' border='0' alt='United States Patent Jillette ii Patent 45 Date of 54 HYDRO THERAPEUTIC STIMULATOR 76 Inventor Penn Jillette Buggs"

DIMITRI (LauraD. Mendieta)

Dimitri Laura

RELATORA DE SESIÓN DEL 7 DE MAYO (Carlos Ramirez Torres)

Realtoria Sesion Cipid Del Dia 7 de Mayo Del 2009

OBJETOS COMO OBRA DE ARTE

DOCUMENTO DE LOS 10 OBJETOS DE DISEÑO CON CARACTERISTICAS DE OBRA DE ARTE
http://www.scribd.com/share/upload/12879360/21b9t1kjsi5mz6laib1p

categorias de analisis (carlos ramirez)

en el siguiente vinculo podran encontrar mi presentación de categorías de análisis
http://www.scribd.com/doc/16565466/CATEGORIAS-DE-ANALISIS

Porta CDs DIMITRI

Carlos Ramírez Torres
352465

martes, 16 de junio de 2009

Diseño Industrial

Patente

Patente

Marca

Concepto de modelo de utilidad

BitTorrent y software libre

Continuando con el tema de la charla de Carolina Botero encontré muy interesante el funcionamiento de este software, es la globalización de la información.
Según las fuentes que revisé BitTorrent es un programa de tipo Peer to Peer o red de pares, es decir que funciona como una red de computadoras o nodos, en la que cada uno actúa simultaneamente como cliente y servidor respecto a los demas cuando se realiza una búsqueda.
El software fue desarrollado por Bram Cohen y BitTorrent Inc. el objetivo es hacer eficiente la distribución de la información entre un gran número de personas.
El modelo de funcionamiento se denomina fichero y éste es decargado de varias fuentes encontradas por el servidor de búsqueda al azar y al mismo tiempo que se realiza la descarga se comienza a subir partes disponibles de ficheros de otras fuentes.
Luego de que la información se completa los usuarios se conectan para completar su fichero. Adicionalmente el sistemas otorga privilegios a quienes compartan más información proporcionandoles mayos numero de conexiones de nodos.

Dejo un enlace realcionado con el tema www. bittorrent.com y la invitación a que revisemos el tema de los algoritmos y la forma en que se completa la información.

Descripción de Dimitri

sábado, 13 de junio de 2009

Derecho de propiedad intelectual - Las normas en Internet

Folleto guia en el que se explica como acceder a las normas existentes en internet sin infringir los derechos de propiedad intelectual.

A continuación un fragmento de la introducción al folleto:

"Internet ha hecho más fácil encontrar y obtener las Normas Internacionales ISO e IEC. El propósito de este folleto es ayudar a los usuarios y clientes de las normas internacionales ISO e IEC y sus versiones nacionales a beneficiarse de las nuevas oportunidades provistas por la disponibilidad de las normas en Internet sin caer en las trampas de infringir el Copyright y abusar de la propiedad intelectual."

http://www.icontec.org/BancoMedios/Documentos%20PDF/copyright.pdf
Consultada el sábado 13 de junio de 2009 a las 12:05 pm

David Arturo Forero - Estudiante de Diseño Industrial - Universidad Nacional de Colombia

miércoles, 10 de junio de 2009

Relatoría 28 de mayo de 2009

Cátedra de Propiedad Intelectual – Relatoría 28 de mayo de 2009 – Edisson Prada Vanegas.

La sesión inicio con la narración de la experiencia de la búsqueda en la base de datos de la oficina del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Argentina (INPI - www.inpi.gov.ar ), propuesta por el profesor Luciano.

Se anota por parte de la clase que las imágenes no son suficientes para describir el objeto, es decir que no da cuenta de la descripción completa del objeto, además de no ser de muy buena calidad.

Luciano indica que el procedimiento para ver al totalidad de la información del objeto (planos, diagramas, dibujos, etc.) se inicia con esta búsqueda preliminar donde se hace una descripción superficial del objeto, seguido a esto se puede tener acceso al historial del objeto, es posible hacer la solicitud al INPI, del catalogo completo de los objeto seleccionados, esa búsqueda tiene un coste entre 30 y 150 USD.

Buscamos en Google Patents (http://www.google.com/patents) , para establecer un paralelo entre el buscador de esta base de datos y la del INPI.

En este portal encontramos una serie de imágenes que nos dan cuenta de objetos, introducimos en la búsqueda “silla”; se abre entonces una nueva ventana que contiene una descripción del objeto, un abstrac, una serie de dibujos y planos con la posibilidad de descargar un pdf con la información completa.

Anota Luciano la diferencia entre esta base de datos desarrollada por la empresa privada, en países con alto grado tecnológico y las desarrolladas por servidores públicos en países de poca aplicación tecnológica y bajo presupuesto que arrojan resultados poco precarios.

En el buscador del INPI se muestra una imagen general del objeto y en la oficina de patentes descansa el resto del archivo del objeto.

- Es importante iniciar un proyecto de diseño con esta búsqueda.

El profesor Sicard comenta que sería un paso importante que la Universidad contara con una copia de este archivo y que recibiera el boletín semestral de patentes y diseños industriales de la oficina de patentes, para ser consultado por lo estudiantes.

En (http://www.inpi.gov.ar/templates/elinpi_aranceles.asp), se pueden consultar los aranceles de la oficina del INPI.

En la relación comercial Empresario-Diseñador, el punto de partida lo marca el empresario al hacer la solicitud de diseño, el diseñador inicia entonces una búsqueda en las bases de datos y portales Web, el esto del arte del objeto solicitado.

Supongamos que iniciamos el proceso sobre diseño de “silla de 5 patas”, al ver el estado el arte surgen ideas en bocetos, o representaciones graficas las cuales podemos registrar y luego hacer una segunda búsqueda con las nuevas características del objeto. El proceso de diseño debe estar acompañado de este tipo de búsquedas, además de ingresar el desarrollo del objeto; bocetos, dibujos, renders, planos y todo lo que de cuenta de la creación del objeto, producto, marca, etc. Esto sirve como prueba ante un posible desarrollo de la idea son consentimiento del creador.

Para esta situación es importante generar una papelería soporte del proyecto y del proceso de contratación del diseño, como contratos recibos, cotizaciones, cuentas de cobro, etc.

Al iniciar un proyecto de diseño se hace la solicitud verbal de confidencialidad y se puede llevar a papel, al reconocer el estado de la obra se hace mas complicado que el cliente te plagie, en publicidad incluso puedes registrar un story board de la idea que se tiene.

El profesor Luciano inicia una lluvia de preguntas:

- Cual es la forma correcta de validar una respuesta de diseño?

R/ La descripción en los términos correctos e indicados del objeto, soporte técnico (planos, cálculos estructurales, etc.)

- Como puedo proteger mis bocetos?

R/ Haciendo el depósito en el registro de Obras marcando como inédito y haciendo referencia con el No de registro de los bocetos, así podemos desarrollas las ideas descartadas de manera propia.

- Se tiene claridad sobre la diferencia entre licencia y sesión?

R/ La licencia es una autorización de uso, explotación y comercialización determinado por espacio, tiempo, modo y lugar. Mientras que la sesión se entregan todos los derechos de producción y comercialización, sin control por parte del creador.

- Los derechos de propiedad están sujetos a procesos legales?

R/ Si, por ejemplo al cambiar de titular se inicia un proceso en la Oficina de propiedad industrial, donde queda constancia legal de la operación.

**** Texto angélica ****

Es importante proyectarse con el cliente para saber si se habla de licencia o de sesión. Y aclarar exclusividad, confiabilidad o secreto industrial.

- Se tiene claridad entre Originalidad e Individualidad?

R/ Ser original es una forma de ser individual. Lo que se relaciona con la protección de autor es ese grado de originalidad.

- El derecho de autor atiende el proceso de la propiedad industrial?

R/ Si, estos dos procesos deben ir vinculados, aunque el primero no implica que los derechos de propiedad industrial ya estén atendidos. Deben seguirse los dos procesos ya que son complementarios.

- Los secretos empresariales se deben registrar?

R/ No, el hecho de hacer expreso el secreto industrial, le quita su principal característica, si no se hace registro, así se crea un secreto industrial, pero se puede registrar el producto, su estética y la marca. Si no hay registro del secreto industrial, se debe manejar contratos de confidencialidad con el personal a cargo de secreto.

- Un registro industrial debe tener una aplicación industrial?

R/ Si, en el caso de una obra no tiene por qué ser una aplicación industrial, aunque puede ser, mientras que un registro industrial se trata de controlar las variables de producción, comercialización y distribución del producto, por tanto debe ser una aplicación industrial.

- Qué tiempo se protege?

R/ Las patentes de invención se conceden por un tiempo de veinte (20) años y las patentes de modelo de utilidad por un tiempo de diez (10) años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

ANALISIS DE PRODUCTOS _ CONCEPTOS




domingo, 7 de junio de 2009

Enlaces World Intellectual Property Organization (WIPO)

Los siguientes enlaces contienen publicaciones en ingles por el World Intellectual Property Organization (WIPO).
Una introducción concisa para quienes no son especialistas en el tema, que incluye las categorías de propiedad intelectual: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.

http://www.wipo.int/export/sites/www/freepublications/en/intproperty/909/wipo_pub_909.pdf

Maria Paula Sanabria G/Diseño Industrial/Universidad Nacional de Colombia

Exploracion Y Seleccion modelos extraños

En el siguiente link se muestran las patentes producto de la exploracion en bases de datos de google.com/patents los archivos titulados Bottle muestran diferentes versiones muy parecidas de la botella conocida por nosotros como la botella o contenedor de Gatorade aunque en su registro muestren diferencias en la seccion inventors y assignee.

Los otros dos registros son de objetos que parecen muy extraños y cuya descripcion no da cuenta suficiente de uso, funcion o proceso de fabricacion.

http://rapidshare.com/files/242101078/REALIDADES_PATENTES_.zip.html

Maria Paula Sanabria G/Diseño Industrial/Universidad Nacional de Colombia

Dimitri como Obra

Maria Paula Sanabria G/Diseño Industrial/Universidad Nacional de Colombia

sábado, 6 de junio de 2009

Dimitri como Obra

Links de Interés General

Guia de Clasificación Internacional de Patentes (PDF):
http://200.91.231.200/~sjimenez/IPC/Basic/LocalExec/guide/es/guide_ipc8_s.pdf

Lista de Clases y Subclases de la Clasificación Internacional de Diseños Industriales (PDF):
http://www.sic.gov.co/propiedad/Nuevas_Creaciones/Disenos/Archivos/Clasificacion.pdf

Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América (cuenta con una exelente base de datos):
http://www.uspto.org/

Clasificación Internacional de NIZA (Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas)
http://www.ccc.org.co/guia/?View=file&CategoryID=23&EntryID=37

Guía de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio:
  • Patentes de Invención y Modelos de Utilidad.
  • Diseños Industriales.
  • Esquemas de Trazado y Secretos Empresariales.
  • Documentos de Patente como fuente de Información.
  • Solicitud en otros paises (PCT).
  • Marcas.
  • Guía Rápida (resumen de las cinco guías anteriores).
http://www.sic.gov.co/propiedad/gral_propiedad.php?modulo=propiedad/Guias_PI&alto=1000

Dirección Nacional de Derechos de Autor:
http://www.derechodeautor.gov.co/htm/HOME.ASP

David Arturo Forero Nieto
Estudiante de Diseño Industrial
Universidad Nacional de Colombia


Conceptos de Propiedad Intelectual

En las siguientes imágenes, se identifica la modalidad de propiedad intelectual aplicable a distintos productos: